A la Comisión de Gobierno de la Cámara llegó el proyecto que busca modificar el marco de los plebiscitos comunales y asegurar participación.
Hace pocos días, por 127 votos a favor, cinco en contra y 14 abstenciones, la Cámara aprobó en pleno la idea de legislar los plebiscitos comunales. Se trata de la primera medida en respuesta a la consulta simultánea en 8 comunas que se conoció como “Horario Límite de Menores”, y que levantó una serie de críticas.
La escasa participación en la votación, sumado a la nula competencia de las municipalidades para hacer efectiva la restricción, fueron los aspectos más criticados de la consulta, y que precisamente el proyecto de ley, que se someterá a indicaciones en la Comisión de Gobierno de la Cámara, buscará resolver.
La iniciativa busca modificar la ley 18.695, que contiene la orgánica constitucional de municipalidades. Eso implica modificar tanto las condiciones en que se llama a un plebiscito, como las exigencias para que sus resultados sean vinculantes.
Sea iniciativa del municipio o de la propia ciudadanía, el texto propone que para llamar a consulta se deberá acreditar ante notario u oficial del Registro Civil, el 10% de firmas de los ciudadanos que sufragaron en la última elección municipal. Junto con eso, los resultados recién serían válidos si el 35% del padrón habilitado vota. Vale recordar que en el toque de queda infantil, apenas participó el 8,9% de las personas habilitadas.
Con los requisitos para llamar a consulta, el alcalde tendrá la facultad para anunciar el decreto, que deberá ser publicado en el Diario Oficial. Tras eso, en 120 días deberá celebrarse el plebiscito.
Uno de los jefes comunales interesados en que la ley vea la luz, es Nelson Orellana, alcalde de Til Til. “Espero que la ley que comenzará a discutirse en el Congreso, contemple la posibilidad de contar con un apoyo estatal importante, de manera de hacer una elección no solamente transparente, sino también competitiva e informada”.
En la misma línea está el diputado RN Cristóbal Urruticoechea, quien señala que lo más importante es asegurar la “transparencia y claridad” del proceso, además de que garantice la “información suficiente a la ciudadanía para tomar una decisión u otra(…) la ley debe consagrar el principio de buena fe”, explica.
Por la otra vereda, Daniel Ibáñez, presidente de la Fundación Participa, plantea la necesidad de no repetir el esquema de la consulta pasada. “Mostró un alto nivel de improvisación, lo que queda de manifiesto en la baja convocatorio de un proceso que fue bastante publicitado por lo polémica de la medida. Sin duda podría haberse hecho de manera distinta, con seriedad y responsabilidad, pero esto resultaba difícil considerando que la consulta en sí era irresponsable”.
A eso, Ibáñez agrega que “la ley debe ser clara en establecer las materias sobre las cuales los municipios tienen competencia”.
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