La Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó el 4 de diciembre de 2025, en el Rol 40.154-2025, la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el reclamo de ilegalidad SEC Enel 2025 y mantuvo la multa de 39.600 UTM impuesta mediante las Resoluciones Exentas N°27.691 (2024) y N°36.636 (2025). El tribunal sostuvo que la SEC actuó dentro de sus facultades legales al constatar que Enel excedió el límite del indicador SAIDI en Huechuraba, Lo Espejo, Estación Central, Lo Prado, Conchalí, Maipú, Lampa y Colina.