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Martes, 22 Enero, 2002 19:35
Sobre las chimeneas de doble cámara
Nota aparecida en la revista Qué Pasa, bajo el título "A gusto del consumidor", de la sección "Ojos de la llave ".


Una de las sorpresas que se llevaron varios santiaguinos en los últimos dos episodios de premergencia fue la desinformación existente sobre el uso de las chimeneas de doble cámara.

Además de la restricción a los catalíticos, los calefactores a leña debieron paralizar, pero la gran incógnita fue en qué horario debían hacerlo.

Qué Pasa hizo el ejercicio de llamar, como cualquier ciudadano, a las entidades encargadas del tema. En la Intendencia, organismo que decreta la medida, aseguraron que no poseían esa información y que la institución encargada de la fiscalización era el Sesma y que el departamento de calidad del aire, a través del teléfono 391 18 00 -el mismo que se entregó a los medios de comunicación para realizar las denuncias-, poseía la información.

Al ser consultado, una funcionaria informó que las chimeneas de doble cámara paralizaban hasta las 21.00 hrs. en días de alerta ambiental, preemergencia y emergencia. Además, el jueves 28 -día en que no estaba decretada la alerta- la misma funcionaria afirmó que no se podían encender porque había alerta, lo que dejó entrever, una vez más, la desinformación existente.

Al consultar a diferentes municipalidades y carabineros del sector oriente, la descoordinación fue mayúscula: mientras en el municipio de Lo Barnechea indicaron que paralizaban en el mismo horario que los autos, de 6.30 a 20.30 hrs., en el de Las Condes informaron que era de 23.00 a 23.00 hrs. Carabineros de La Reina, en cambio, aseguró que la restricción era hasta las 24.00 hrs., mientras que en la Comisaría de Peñalolén informaron que era hasta las 21.00 hrs.

Lo cierto, es que luego de intensas consultas en el Sesma, el departamento de comunicaciones -donde primeramente se informó que la restricción era entre las 7.30 a las 23.30 hrs.-, explicaron que la normativa que regula estas fuentes fijas se encuentra en el Decreto Supremo 59 de 1998. En él se establece que "deben paralizar las actividades de chimenea de doble cámara durante todo el episodio".

El problema es que no establece la hora, por lo que el Sesma utiliza el criterio de las 23.00 a 23.00 hrs., pero en rigor debería ser desde que el intendente Sergio Galilea, dicta la medida hasta que la levanta, es decir cerca de las 19.00 hrs. de cada día.

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