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Publicado en Noticias el Sábado 29 de Febrero, 2020

Corte Suprema ordenó a Gendarmería mantener reserva de identidades de reos de Punta Peuco

El máximo tribunal acogió un recurso de queja y permitió la entrega sólo de estadística global del penal.La información había sido requerida por la organización Londres 38, que buscaba conocer la nómina de los violadores de DD.HH. que están o han estado en el recinto.

Fuente: Corte Suprema ordenó a Gendarmería mantener reserva de identidades de reos de Punta Peuco – Cooperativa.cl

La cárcel de Punta Peuco, a la derecha, junto al Centro Metropolitano Norte del Sename, a la izquierda, en Tiltil.

La Corte Suprema, en fallo unánime, acogió un recurso de queja presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y ordenó a Gendarmería la entrega sólo de cifras globales de internos del Penal de Punta Peuco -donde cumplen condenas ex militares acusados de delitos de lesa humanidad-, pero no los antecedentes personales de los internos ni de aquellos que han sido trasladados de ese recinto a otras cárceles.

La información había sido requerida, vía Transparencia, por la organización Londres 38, que agrupa a ex detenidos, sobrevivientes y familiares de desaparecidos durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).

En concreto, la organización buscaba conocer la nómina completa de los violadores de derechos humanos que se mantienen en el penal y de quienes habían sido trasladados a algún otro recinto penitenciario.

Ante la negativa de Gendarmería a entregar todos los datos personales de los reos, el Consejo para la Transparencia (CPLT) presentó un recurso de amparo por acceso a la información pública ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió el reclamo y ordenó entregar esos antecedentes.

Para revertir esa sentencia y con el objetivo de entregar sólo estadísticas globales de los reclusos en Punta Peuco, Gendarmería, representada por el CDE, interpuso un recurso de queja, que fue acogido por la Tercera Sala de la Corte Suprema, instancia que ordenó mantener el secreto de identidades y otros datos personales de los reos, en virtud del respeto a las normas de protección sobre esta información vigentes en Chile.

La sentencia (ver archivo adjunto) sostiene que considerando el carácter, naturaleza y contenido de los antecedentes que se solicitan entregar, las columnas relativas al nombre de cada interno corresponde a “datos personales” de cada una de las personas incluidas en la misma nómina, puesto que se trata de “información concerniente a personas naturales identificadas”.

Más aun, y dado que esos datos personales se refieren a “características morales” de los sujetos que se encuentran cumpliendo condena en un centro de cumplimiento penitenciario, salta a la vista que ellos deben ser catalogados como “datos sensibles”.

Durante la dictadura de Augusto Pinochet, según datos oficiales, unos 3.200 chilenos murieron a manos de agentes del Estado, de los que 1.192 figuran aún como detenidos desaparecidos y otros 33.000 fueron encarcelados y torturados por razones políticas.

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