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Publicado en Noticias el Jueves 3 de Octubre, 2019

Declaran admisible querella por maltrato animal en un rodeo de forma inédita

Esta es la primera vez que una denuncia de este tipo es aceptada en un Juzgado de Garantía, considerando que el maltrato se habría producido en el contexto de un rodeo.

Fuente: Declaran admisible querella por maltrato animal en un rodeo de forma inédita – 24 Horas

Por primera vez y de forma inédita el Juzgado de Garantía de Puente Alto declaró admisible la querella por maltrato a dos novillos durante un rodeo.

La querella presentada por la Fundación Vegetarianos Hoy detalla dos hechos de violencia en contra de un novillo, en ambas situaciones por aplicarle corriente al animal para que se levantara.

Según detalla la denuncia los hechos habrían ocurrido el pasado 18 y 21 de septiembre en la medialuna “Vicente Huidobro” donde en ambas situaciones se habría procedido a realizarle descargas eléctricas al novillo para que se levantara.

“Dos sujetos no identificados de sexo masculino (…), encontrándose en el interior de la medialuna frente a un novillo de color negro que se encontraba caído en el interior de la medialuna, uno de ellos procede a tomar con su mano derecha un poco de tierra desde el piso para ponérsela en la nariz al novillo y tapar sus orificios nasales. Posteriormente, el otro de estos sujetos procede a aplicar corriente eléctrica en los costados del animal en varias oportunidades utilizando un artefacto de electroshock o taser que mantiene escondido bajo su poncho“, consta en la querella.

Tras esta situación se sumó un segundo hecho ocurrido el 21 de septiembre donde otro hombre “procede a aplicar corriente eléctrica utilizando un artefacto de electroshock o taser en el costado izquierdo del animal y la zona trasera genital en al menos cuatro oportunidades, sin lograr que el novillo se levante”.

El uso de los aparatos eléctricos está regulado por el Servicio Agrícola y Ganadero a través de los decretos 28, 29 y 30 del Ministerio de Agricultura del año 2013 el que detalla que el uso de electroshock está justificado en casos “tales como animales adultos que se nieguen a avanzar”, sin embargo en el artículo 16 detalla que “las normas de esta ley no se aplicarán a los deportes en que participen animales, tales como el rodeo, las corridas de vaca, el movimiento a la rienda y los deportes ecuestres, los que se regirán por sus respectivos reglamentos“.

Junto con esto se agrega que “es importante mencionar la existencia del artículo 291 Bis del Código Penal, el cual sanciona el maltrato o crueldad hacia animaleslo cual puede ser denunciado directamente ante el Ministerio Público por cualquier ciudadano”.

De esta manera, al ser declarado admisible por el Juzgado se remitió el caso al Ministerio Público para su tramitación.

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