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Publicado en Noticias el Lunes 16 de Febrero, 2015

Persisten dudas sobre mecanismo para tasación de propiedades para venta – Diario Financiero

vía Persisten dudas sobre mecanismo para tasación de propiedades para venta – Diario Financiero.

Por Juan Manuel Villagrán S.

Las personas naturales que obtengan ganancias por más de 8.000 UF en la venta de viviendas tendrán que pagar impuesto a partir de 2017.

Sólo hasta este año será posible fijar el precio de venta de una vivienda, adquirida entre 2004 y septiembre de 2014, utilizando la tasación, uno de los tres mecanismos fijados en la reforma tributaria.

Pese a que el 30 de diciembre pasado, el Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió una circular donde estableció el procedimiento para comunicar las tasaciones a valor de mercado de bienes raíces, en la industria ven una serie de vacíos que la autoridad debería aclarar.

En la firma de auditoría y servicios profesionales BDO explican, por ejemplo, que la metodología de tasación debe ser precisada, porque la norma establece que para fijar el precio de una vivienda por esta vía se debe tomar como referencia la fecha de entrada en vigencia de la reforma, es decir, septiembre de 2014.

A juicio de Nicolás Herrera, ejecutivo de la consultora, esto podría provocar distorsiones, ya que se compara la vivienda a tasar con otras vendidas en esa época, las que pudieran reflejar valores de venta en verde, por ejemplo.

El trámite de la tasación es sencillo, pues se tiene que completar un formulario tipo, la certificación del tasador y su registro ante el regulador es otro punto que el SII no ha precisado, pero que en BDO recomiendan, evitando que esta labor recaiga en los corredores de propiedades.

En la empresa estiman que esto podría suponer un conflicto de interés, ya que los honorarios de estos agentes corresponden a un porcentaje de precio de venta. Además, mientras más alto sea el monto de la tasación, menor será el impuesto a pagar, porque la ganancia se reduce, dice.

Otra duda es si la mayor valorización producto de la tasación podría derivar en un re avalúo de las propiedades, que incremente las contribuciones, algo que el SII también debería precisar, dicen.

Consultados en el organismo dijeron que estas precisiones dependen del trabajo entre sus áreas de avaluaciones y fiscalización, para determinar cuándo podrían dar respuestas a estas inquietudes.

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El cambio

La reforma tributaria establece que para fijar el precio de venta de una vivienda adquirida entre 2004 y septiembre de 2014, las opciones son usar el valor de adquisición ajustado por IPC y acreditando las mejoras realizadas; el avalúo fiscal proyectado al 1 de enero de 2017, o la tasación.

La elección del método de valorización es importante, porque previo a la reforma las personas naturales no tributaban por la venta de un inmueble, lo que cambiará a partir de 2017, cuando pagarán impuesto sobre las 8.000 UF de utilidad, monto acumulable en varias transacciones.

Herrera dice que en este contexto la mejor opción es la tasación, que pude presentarse hasta fines de año. Según sus cálculos, ésta presenta un valor en promedio 8% superior al del precio de adquisición y 40% mayor comparado con el avalúo fiscal.

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